Iniciativa candente
No es casual que se esté discutiendo en Chile un proyecto de Ley de Biodiversidad al mismo tiempo y con extrañas similitudes con la iniciativa que se ventila en el Senado de México. Dentro de unas semanas estaremos en la llamada COP 13 que es la decimotercera versión de la Conferencia de las Partes sobre la Convención de la Biodiversidad. Agradezco a la ONU que nos permita participar en alto nivel y su Priority Pass sin el cual usted no puede siquiera acercarse a la puerta por lo gravedad de los asuntos que se ventilarán.
La cosa está que arde, pues aunque percibo en el proyecto buenas manos o buenas ideas como las que postula el Presidente de la Academia Mexicana de Derecho Ambiental, el brillantísimo jurisconsulto Rolando Cañas Moreno, de Ana Ortiz Monasterio o de Mariana Boy Tamborrell y también hay cosas que nos llenan de horror, sobre todo en lo que toca al asunto de la protección de los manglares y que defenderemos a morir.
Violando el principio de la “No Regresión”, quieren derogar el artículo 60 Ter de la actual Ley de Vida Silvestre y eso es pecado mortal además de que mancilla todas las cosas buenas que trae la iniciativa. Vea “Non Regression en Droit de L'Environnement” de Michel Prieur, Editorial Bruylant y la histórica decisión http://www.conseil-constitutionnel.fr/conseil-constitutionnel/francais/les-decisions/acces-par-date/decisions-depuis-1959/2016/2016-737-dc/decision-n-2016-737-dc-du-4-aout-2016.147728.html
Contamos, desde luego, con la actual ley de Vida Silvestre, a la que poco se le dejó existir de verdad, pues apenas publicada se comenzó a propinarle una retahíla de cambios a cuál más absurdo y contradictorio.
En todo caso estamos en presencia de un proyecto legal que recoge el concepto fundamental de biodiversidad, a tono con las concepciones modernas de medio ambiente y que da cuenta de todos los componentes en los que se organiza la vida, es decir, los genes, las especies y los ecosistemas, de sus relaciones y de sus interdependencias.
Se reconocen la Estrategia Nacional y las de biodiversidad de las entidades federativas y se desarrollan los mecanismos para que funcionen. Se enfatiza que las acciones para la conservación deben de tener su acento en los hábitats y en las poblaciones in situ, que quiere decir, los lugares donde éstas se desarrollan. Se atienden a nivel legislativo las disposiciones del Protocolo de Nagoya, derivado del Convenio de la Diversidad biológica y al que nuestro País está obligado y que tiene por objeto proteger el valor de los genes de nuestra biodiversidad y los conocimientos tradicionales de las poblaciones rurales e indígenas asociados a ella.
Se da un marco adecuado a las áreas naturales protegidas, como una opción más de los “espacios prioritarios para la conservación”. En ese mismo rubro se crea una figura muy interesante, de inspiración europea y de la que habrá que observar su evolución las “demarcaciones geográficas bioculturales”, que pueden ayudar a generar sostenibilidad en diversas actividades económicas y, por carambola, fortalecer la identidad regional, que tanta falta nos hace.
Se sanea la figura de las Unidades de Manejo para la Conservación, deslindando de ella a los espacios confinados donde se maneja vida silvestre con fines en exclusiva comerciales, de este modo las llamadas UMA´s sólo atenderán a lo que siempre debieron atender: la conservación de la vida silvestre y lo comercial se cocina aparte. No obstante, es mucho más lo valioso que lo cuestionable. Digo.
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